Del pacto social al aviso de operación e inscripciones en DGI, Municipio y CSS: qué se hace en cada etapa y qué cuesta tiempo.
Constituir una sociedad anónima o una S.R.L. en Panamá es un trámite ordenado, pero cada paso depende del anterior. Este es el orden que seguimos con nuestros clientes.
1. Definición y pacto social
Se define el nombre, el objeto social, el capital, los directores y el agente residente. El pacto social lo redacta un abogado y se protocoliza ante notario.
2. Registro Público
Se inscribe la escritura. Al quedar inscrita, la sociedad ya existe y obtiene su folio.
3. RUC y Aviso de Operación
Se inscribe la sociedad ante la DGI para obtener su RUC y NIT, y luego se tramita el Aviso de Operación en Panamá Emprende, que habilita la actividad comercial.
4. Municipio y CSS
Se registra el negocio en el municipio correspondiente para el impuesto de rótulo y la tasa municipal. Si vas a contratar personal, se inscribe como empleador en la Caja de Seguro Social.
5. Contabilidad desde el primer mes
Desde la primera factura la sociedad tiene obligaciones: registros contables, ITBMS cuando aplique, planilla y declaración anual. Empezar con la contabilidad ordenada cuesta mucho menos que reconstruirla después.
Podemos acompañarte en todo el proceso y dejar la sociedad operando y en cumplimiento.
¿Necesitas ayuda con este tema?
Revisamos tu caso y te decimos qué corresponde hacer.
